Comunicado de Ibermutua sobre la tramitación de la prestación por cese de actividad

Aclaraciones sobre Formulario de Solicitud CATA Exraordinario

Con fecha de hoy está prevista una reunión en AMAT (Asociación de Mutuas) para establecer, como ya estaba previsto, un modelo único para todas las mutuas. Con toda probabilidad (si algún motivo no lo retrasa de nuevo) lo tendremos disponible en nuestra web a finales de esta semana (jueves o viernes). Te informo de las ventajas que tendrá.

SOLICITUD TELEMÁTICA

• Hemos identificado nominativamente a todos los autónomos de nuestra cartera que pertenecen a CNAE’s de actividades relacionadas con los sectores de actividad incluidos en el RD 463/2020. Se trata de la interpretación que Ibermutua hace en relación a los CNAE’s que se incluyen en esos sectores y, por tanto, dicha lista podría verse ampliada. Estamos preparando un fichero en el que, en base a la huella RED, se asigna a cada colaborador sus autónomos incluidos en estos CNAE´s (En cuanto esté preparado te avisaremos)
• Tramitación automática: las solicitudes de los autónomos que previamente hemos identificado (CNAE’s de actividades relacionadas en el RD 463/2020) se conceden en automático (No precisan control de garantía). Esto evitará cuellos de botella, dado el elevado número de solicitudes que esperamos.
• Cuando la solicitud sea de autónomos con CNAE’s no identificados inicialmente por Ibermutua como pertenecientes a los Sectores de actividad incluidos en RD 463/2020, se esperará a tener más solicitudes del mismo CNAE y cuando dispongamos de varias, se analizará para ver si procede o no incorporar el mismo a la “Tramitación automática”.
• Esto nos permitirá estar en condiciones de pagar la prestación a mes vencido, en abril.
• El resto de autónomos cuya actividad no esté incluida en RD463/2020 deberán acreditar los requisitos establecidos para el acceso a la prestación.

Una vez más agradezco la templanza y comprensión en estos difíciles momentos. A veces, esperar un poco significa no cometer errores, no lo sé exactamente, pero quizás alguien que ya se adelantó, tenga que volver a presentar la solicitud por no haberla presentado con el modelo adecuado. Salvo modificación tras la comentada reunión de AMAT, en estos momentos existe plazo de presentación de solicitudes hasta el 14 abril de 2020. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *